Tribunal Supremo

El Ayuntamiento de Tres Cantos quiere albergar una subsede técnica de la Agencia Espacial Española

Si bien hasta el Tribunal Supremo ha respaldado la decisión del Ejecutivo, una de las postulantes decidió jugar una carta diferente: el Ayuntamiento de Tres Cantos (Madrid) se ha ofrecido para ser una subsede técnica del organismo.Así lo ha manifestado su propio alcalde, Jesús Moreno, en el encuentro empresarial Tres Cantos foco de Inversión, una iniciativa de la agencia de atracción de inversión extranjera en la Comunidad de Madrid, Invest in Madrid.

Cebreros sigue los pasos de Teruel y recurre la designación de Sevilla como sede de la Agencia Espacial

Muñoz asegura que Sevilla es una "megaciudad" y que la decisión  "nada tiene que ver con el espíritu del decreto", que busca la descentralización de las instituciones.La decisión está justificada debido a que el Ayuntamiento considera que el acuerdo del Consejo de Ministros no se ajusta a la Ley 17/2022, que modifica la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en la que se establece que Gobierno "promoverá que la localización de la Agencia Espacial Española se base, entre otros, en los principios de cohesión social y territorial, la mejora en el funcionamiento de los servicios públicos, los niveles de desempleo o la lucha contra la despoblación".En este sentido, el Ayuntamiento asegura que presentó su candidatura conforme a los requisitos y justificando con un informe las cualidades y potencialidades del municipio para albergar la sede.

El Supremo no suspenderá la elección de Sevilla como sede de la Agencia Espacial Española

El Ayuntamiento de Teruel, que también optó como candidata, presentó una petición para suspender la elección de la capital andaluza.El Tribunal ha decidido no aceptar la petición, que remitía a la decisión del Consejo de Ministros del pasado 5 de diciembre de 2022 por el que se establecía la sede de la nueva Agencia.El auto del tribunal explica que no existe riesgo, mientras avanzan los recursos que alegan la ilegalidad del proceso, de que se produzca una situación irreversible si no se acuerda la suspensión solicitada por el ayuntamiento turolense.Los magistrados han incidido en que, de momento, la resolución es nominativa, por lo que no procede una suspensión urgente como la solicitada.