Los recursos órbita-espectro son los “grandes desconocidos” o “al menos los menos valorados” del sector espacial. Eso asegura Icíar Ojugas, coordinadora de área de Servicios Espaciales en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
¿Pero qué son los recursos órbita-espectro? Son el conjunto de frecuencias y posiciones orbitales en los que operan los satélites. Son recursos escasos por lo que es necesario una planificación y una gestión que asegure su uso eficiente y que evite interferencias perjudiciales, máxime en los últimos años cuando ha aumentado considerablemente el tráfico espacial.
Dado el carácter internacional de los servicios espaciales, es necesario que esa coordinación se lleve a cabo bajo un marco legal mundial que está administrado a través la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), el organismo de Naciones Unidas, operativa desde 1866 y con 194 Estados miembros. La UIT se ocupa de este sector y suele tomar sus decisiones por consenso. En España la competencia de tramitar los recursos órbita-espectro recae sobre la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
Una vez finalizado el proceso de coordinación internacional, la inscripción en el registro nacional de radiofrecuencias es la que proporciona reconocimiento en todo el mundo.
Ojugas subrayó que en los congresos espaciales se suele hablar mucho de la regulación que se aplica a este sector, pero no se mencionan los recursos órbita-espectro, que existen desde hace muchos años y están vigentes. “Y me sorprende porque son un activo esencial para cualquier proyecto espacial. Es un activo estratégico para las empresas”.
Por mucha tecnología y financiación que se tengan, si no se disponen de estos recursos, el proyecto espacial ni siquiera arranca. Es un paso indispensable. De hecho, las empresas lanzadoras no vuelan ni un solo satélite si no reciben de antemano esa documentación que lo sustente. Y también es crucial contar con ella para obtener autorizaciones habilitantes a nivel nacional.
En cuanto a la regulación aplicable, la norma principal es el Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) de la UIT, de obligado cumplimiento para los Estado miembros. A nivel español, se aplica la Ley General de Comunicaciones y el Reglamento sobre el Uso del Dominio Público Radioeléctrico.
Como señaló Álvaro de Vega, jefe de equipo en Gestión del Espectro de Hispasat, no se puede utilizar la misma orbita geoestacionaria (GEO) y el mismo espectro radioeléctrico para hacer una misma cobertura terrestre, a no ser que utilizara algún sistema de mitigación con polarizaciones. Estos recursos órbita-espectro, dijo, son finitos en el espacio "que es de todos, pero no es de nadie".
De Vega recordó que el proyecto de un satélite GEO es a largo plazo, pues su vida útil típica es de 15 años, y así necesita un marco jurídico seguro que permita dar servicios sin contratiempos. "Estamos hablando de miles de redes y de muchos países", añadió.
La UIT asegura, entonces, que un sistema satelital pueda operar sin intervención judicial y sin generar molestias a terceros y por eso mismo define unos procedimientos muy detallados, extensos y técnicos.
¿Qué tienen que hacer las empresas que quieren lanzar un satélite al espacio? Lo primero es presentar una solicitud a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, adjuntando la documentación pertinente. Una vez comprobada que esta es correcta, se envía a la UIT para que se proceda a publicar el recurso en la circular internacional de frecuencias, lo que da origen al procedimiento de coordinación.
El envío de esta solicitud con las características técnicas de la red se llama filing, y tiene en cuenta que las redes que se han enviado primero tienen preferencia regulatoria respecto a las posteriores. De tal forma que, en el procedimiento de coordinación, las nuevas redes deben alcanzar acuerdos con aquellas que tienen mayor preferencia regulatoria y que podrían verse afectadas. “Es un proceso bastante complejo”, admitió Ojugas. Tanto ella como De Vega hicieron estas declaraciones como ponentes en el V Congreso Jurídico Espacial que se celebró el 5 y 6 de junio en Tres Cantos, la "ciudad espacial" de España por antonomasia.
Una vez que termina la coordinación internacional, se puede proceder con el filing para la inscripción en el registro internacional de frecuencias nacional. Eso es lo que le da verdadero reconocimiento a nivel global a todo el trámite.
Finalmente es necesario obtener los títulos habilitantes a nivel nacional. La reserva del derecho de uso en la UIT de nuestro país se hace a favor del Reino de España. Y también es preciso conseguir autorizaciones para el segmento terreno asociado a las operaciones satelitales, el terminal del usuario...
Entrando más en detalle, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT es una herramienta viva que establece qué servicios se pueden prestar en cada una de las bandas de frecuencia. Eso significa que la entrada de nuevos servicios comerciales vía satélite implica una modificación y actualización de ese Reglamento para poder ser incluido.
Esa tarea, en palabra de Ojugas, es “bastante compleja”, pues el Reglamento solo se modifica en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones, que se celebran cada cuatro años. La última vio la luz en Dubái (Emiratos Árabes Unidos) en noviembre-diciembre de 2023. En cada conferencia se establece la agenda de la siguiente. Es decir, no se puede improvisar. Duante ese periodo se realizan estudios de compatibilidad para asegurar que la introducción de un nuevo servicio o dee una nueva aplicación no interfiere en los que ya existen de acuerdo al Reglamento. Si no fuera así, no se efectuaría la modificación.
En otras palabras, desde que está disponible una tecnología hasta que es operativa deben darse varios pasos obligados. Todas las empresas afectadas como Satlantis o Sateliot, por ejemplo, tienen que efectuar este proceso.
España se encuentra entre los 10 países de todo el mundo que más recursos órbita-espectro gestiona dentro de la UIT. Por ejemplo, en 2023 se tramitaron 16 y en 2024, 17. El 65% se refiere a servicios por satélite, que requieren una coordinación más estricta. El resto de los recursos va destinado a otro tipo de servicios como operaciones espaciales, satélites experimentales, etc. La gestión y coordinación es continua y buena prueba de ello es que se intercambian 1.300 cartas al año con otras administraciones.
El tráfico y el mercado espacial siguen creciendo. Según los datos difundidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en la actualidad hay 33 operadores registrados como suministradores de redes satelitales en España. Antes de 2019, prácticamente la mayoría de ellos era para prestaciones de servicios de datos, voz, difusión y televisión, con actores conocidos como Hispasat o Hisdesat. Eran 12 hasta entonces. "Desde 2020 se han registrado 25 nuevos operadores", desveló Virginia Rodríguez, subdirectora de Regulación de Comunicaciones Electrónicas de la CNMC. Eso quiere decir que más del 50% de los operadores ha surgido solo en el último lustro. "Ha habido un afloramiento de la industria espacial española que tiene un reflejo directo en este registro y que me parece muy relevante explicar", destacó.